• Local
  • Gobierno Chihuahua
  • Nacional
  • Internacional
  • Deportes
  • Local
  • Gobierno Chihuahua
  • Nacional
  • Internacional
  • Deportes
Inicio » Despiden a un trabajador que debía cumplir un programa como alternativa a la cárcel y denuncia discriminación: esto es lo que dice la Justicia

Despiden a un trabajador que debía cumplir un programa como alternativa a la cárcel y denuncia discriminación: esto es lo que dice la Justicia

Un tabajador comenzó a trabajar en septiembre de 2025 como auxiliar de montaje para una empresa. Fue contratado con unas buenas condiciones laborales: contrato indefinido, jornada completa y trabajaba habitualmente de 7:30 a 15:30 horas. Todo parecía ir bien, hasta que, a los meses, la empresa empezó a notar que había problemas. Su encargado consideraba que no se adaptaba al ritmo de trabajo ni seguía correctamente determinadas órdenes.

Según indica la sentencia, en diciembre de 2025 se celebró una reunión interna en la que ya se planteó despedirlo, aunque finalmente decidieron aplazar el tema debido a la carga de trabajo y la dificultad para encontrar personal.

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Pero el 13 de enero de 2026, la situación da  un giro de 180 grados. El trabajador recibe una notificación del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas para participar durante diez meses en un programa de reeducación y reinserción social como alternativa a cumplir condena en la cárcel. Debía acudir todos los jueves, de 17:00 a 19:00 horas.

En esta misma línea, el mismo día, a las 12:54 horas, desde la empresa se envió un correo electrónico a la asesoría solicitando que preparara su despido para el día siguiente. La compañía estaba dispuesta a reconocer que el despido era improcedente y pagar la indemnización correspondiente. 

Así que el 14 de enero se le comunicó formalmente el despido por una supuesta disminución continuada y voluntaria de su rendimiento laboral. El trabajador consideró que el despido estaba relacionado con su situación penal y quiso llevar el caso a los tribuanles para pedirles que lo declararan nulo por discriminación y vulneración de sus derechos fundamentales, además de reclamar una indemnización de 7.500 euros por daños morales.

Sede del Tribunal Superior de Justicia de CanariasWikipedia/Licencia Creative Commons

La empresa aseguró que no tenía nada que ver y explicó que la decisión de despedirlo se había tomado ya en diciembre, antes de conocerse la existencia del programa de reinserción. También señaló que no había quedado probado que el trabajador hubiera comunicado esa situación a alguien de la compañía y que, en cualquier caso, el curso se celebraba por la tarde, mientras que su jornada laboral terminaba a las 15:30 horas.

Lee también

Josep Anton, viticultor: “Estamos vendiendo la uva a 0,12 euros el kilo. La estamos regalando. Un año más así y nos plantearemos si seguimos trabajando en las viñas que no son de propiedad”

Adrià Rodríguez

Maribel y Vicente, pensionistas nómadas: “Al pasar del piso a la caravana, dejamos de pagar 1.200 euros. La alimentación también es más económica e intentamos no privarnos de nada de lo que nos gusta”

Adrià Rodríguez

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias reconoce que la proximidad entre los hechos podía generar indicios de una posible discriminación. Sin embargo, considera acreditado que la intención de despedir al trabajador existía desde el mes anterior y que la empresa consiguió desvincular el cese de su situación penal. Así que el juez rechaza el recurso, confirma la sentencia anterior y no declara el despido nulo ni concede los 7.500 euros reclamados.

Source

Todos Los Derechos Reservados

Archivos

  • octubre 2026
  • septiembre 2026

Categorías

  • Chihuahua
  • Deportes
  • Gobierno Chihuahua
  • Internacional
  • Local
  • Mundo
  • Nacional
  • Nuevo Leon
  • Policiaca
  • Sin categoría
Facebook X (Twitter) Instagram Pinterest
© 2026 ThemeSphere. Designed by ThemeSphere.

Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.